A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Alvaro Uribe Velez
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto la Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional decidió vincular a la Fundación Matarife Internacional al presente trámite de tutela y requerir a esta fundación para que allegue información adicional con el objeto de constatar algunas de las aseveraciones hechas en relación con la titularidad de los derechos sobre la serie “Matarife: un genocida innombrable”.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. VINCULAR al trámite de la presente acción de tutela a la Fundación Matarife Internacional10, para que, en el término de cinco (5) días hábiles contabilizados a partir de la comunicación de esta providencia, se pronuncie en relación con los hechos y pretensiones de esta acción de tutela, para lo cual se le enviará, por medio de la Secretaría General, una copia del expediente.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REQUERIR a la Fundación Matarife Internacional11 para que, en el término de tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de este auto, informe a este despacho desde qué fecha dicha fundación es la titular de los derechos de la serie "Matarife: un genocida innombrable". Así mismo, deberá remitir las copias de: (i) el contrato de cesión de derechos de la serie "Matarife: un genocida innombrable" a su favor y (ii) todos los documentos oficiales de las autoridades suizas competentes que acrediten la existencia legal de la Fundación Matarife Internacional, su fecha de constitución y la calidad de representante legal de Felix Marthaler.
- TERCERO. La información solicitada en los numerales
- primero. y
- segundo. de la parte resolutiva de esa providencia deberá ser remitida al siguiente correo institucional: secretaria1@corteconstitucional.gov.co.
- CUARTO. Una vez recolectadas las pruebas dispuestas en el presente auto, dispóngase por Secretaría General su traslado por un término de tres (3) días hábiles para que las partes, la institución requerida y los terceros con interés legítimo se pronuncien en relación con estas, en cumplimiento de lo dispuesto por el inciso
- primero. del artículo 64 del Acuerdo 02 de 2015, Reglamento Interno de la Corte Constitucional.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.